martes, 10 de mayo de 2011

CONCURSO GUITARRA I y II

CONCURSO GUITARRA I Y II

Se agradece su difusión

Prof. Maximiliano Bertea

Coordinador Área Música

LA RECTORA DEL INSTITUTO

DE FORMACION DOCENTE CONTINUA

RESUELVE:

Art.1º: Convocar a aspirantes para cubrir el cargo de Profesor Auxiliar que a continuación se detalla:

Tipo de cargo.  

Hs

Perfil

1

Profesor Auxiliar en el dictado del EC, Guitarra II (anual) correspondiente al Profesorado de Música.

15

Profesor de guitarra o profesor de música con orientación/especialización en guitarra o Profesor de música con manejo o dominio comprobable de guitarra, con experiencia en docente, preferentemente en nivel superior

   

Tipo de cargo.  

Hs

Perfil

1

Profesor Auxiliar en el dictado del EC, Guitarra I (anual) correspondiente al Profesorado de Música.

 20

Profesor de guitarra o profesor de música con orientación/especialización en guitarra o Profesor de música con manejo o dominio comprobable de guitarra, con experiencia en docente, preferentemente en nivel superior

Art. 2º: Establecer la fecha de entrega de Documentación a partir de la fecha de publicación hasta el 26 de mayo del año 2011, en Área Rectoría del Instituto de Formación Docente de Villa Mercedes, sito en 9 de Julio 1147 en días hábiles, de 9:00 a 15:00 horas. Aquellos postulantes que envíen la inscripción por correo deberán hacerlo por correo certificado con aviso de retorno.

Art.3º: Para presentarse a concurso el aspirante debe reunir las condiciones siguientes:

a) Ser argentino nativo, por opción o extranjero con residencia permanente.

b) No estar en situación de acceder al beneficio jubilatorio.

c) Tener título de nivel superior de 4 años o más, de formación docente o pertinente al objeto del concurso. En su defecto, acreditar idoneidad y antecedentes excepcionales que lo suplan. El jurado evaluará la pertinencia de dicha excepcionalidad.

d) no estar comprendido en las causales de inhabilitación para el desempeño de cargos públicos que se mencionan en el anexo del presente reglamento.

Se considerarán:

ü Postgrados ó Licenciaturas de nivel universitario.   

ü Antecedentes en la docencia superior.

ü Antecedentes de Investigación.

ü Competencias en lenguas extranjeras (preferentemente inglés).

ü Competencias Informáticas.

Art.4º: La solicitud de inscripción será presentada bajo recibo por el/la aspirante o por persona autorizada a tal efecto. Cuando la postulación sea para más de un cargo se presentará una carpeta con índice y foliada para cada uno de ellos, dentro de un sobre cerrado con carátula que contenga los siguientes datos: Nombre y Apellido del/la aspirante, DNI y cargo al que se presenta.

La carpeta de antecedentes contendrá la información siguiente:

A) Ficha de inscripción.

B) Currículum Vitae. Este tendrá carácter de declaración jurada e incluirá la siguiente información:

a. Nombre y Apellido del/la aspirante.

b. Lugar y fecha de nacimiento.

c. Número de Cédula de Identidad o de Libreta de Enrolamiento, Libreta Cívica o Documento Nacional de Identidad u otro documento que legalmente lo reemplace con indicación de la autoridad que lo expidió.

d. Domicilio real y legal.

e. Mención pormenorizada y documentada de los elementos siguientes que contribuyan a valorar la capacidad del aspirante para la docencia e investigación:

      i. títulos de educación superior no universitaria de más de cuatro años, de formación docente o pertinente al objeto del concurso con indicación de la Universidad o Instituto que los otorgó. Los títulos deberán presentarse en fotocopia certificada por institución de origen o escribano público.

     ii. títulos de postgrado (especializaciones, maestrías, doctorados) con indicación de la universidad que los otorgó. Los títulos deberán presentarse en fotocopia certificada por la institución de origen o escribano público.

     iii. antecedentes docentes e índole de las tareas desarrolladas, indicando la institución, el nivel, el período de ejercicio y la naturaleza de su designación.

     iv. actuación en Universidades e Institutos Nacionales, provinciales y privados registrados en el país o en el extranjero; cargos que desempeñó o desempeña en la Administración Pública, en la actividad privada y ONGs, en el país o en el extranjero.

     v. publicaciones consignando identificación de los autores, la editorial o revista, el lugar y fecha de publicación, volumen, número, páginas u otros relacionados con la especialidad, y URL (si fuera el caso).

     vi. producciones artísticas, tecnológicas u otras, pertinentes al cargo al que se postula.

     vii. antecedentes en investigación.

     viii. capacitaciones dictadas, conferencias y exposiciones realizadas en eventos académicos.

     ix. participación en cursos de especialización, congresos, jornadas o acontecimientos similares de índole regional, nacional o internacional.

     x. actividades de gestión y formación de recursos humanos.

     xi. becas, premios o menciones recibidas.

     xii. todo otro elemento de juicio que se considere valioso.

En todos los casos se deberá mencionar el lugar y el lapso donde fueron realizadas las actividades correspondientes.

f. Propuesta de trabajo según corresponda para:

Profesor/a Responsable: una propuesta de enseñanza para la/s materia/s que conformen el cargo a concursar en Formación Inicial, y una propuesta general en Investigación Educativa y en Capacitación y Actualización Docente, coherente con los lineamientos del Proyecto Educativo Institucional (PEI) y el Plan de Estudio vigente. La propuesta deberá contener como mínimo cinco carillas de desarrollo.

Docente Auxiliar: una propuesta de trabajo práctico, especificando: fundamentación, tema o contenido, actividades, metodología, recursos didácticos y bibliografía acorde al programa de estudios vigente para la Formación Inicial, de una de las materias a concursar. Esta propuesta deberá contener como mínimo dos carillas de desarrollo.

g. Certificación negativa expedida por el ANSES.

Artículo 5°: El aspirante que se presente a más de un concurso deberá cumplir en cada uno de ellos con todos los requisitos establecidos en este reglamento, sin poder remitirse a escritos o documentos presentados en otros.

Artículo 6°: En ningún caso se recibirán antecedentes para ser agregados después del cierre de la inscripción ni documentación original.

Artículo 7°: En la fecha y hora de vencimiento del plazo de inscripción, se labrará un acta donde constará la nómina de los aspirantes inscriptos para el cargo en concurso, la cual será refrendada por el funcionario de mayor jerarquía del IFDC que se encuentre presente. En el caso de las presentaciones por correo postal se tomará en cuenta la fecha consignada en el matasellos y se incorporarán en el acta mencionada.

Art.8°: Toda la información presentada tendrá el carácter de declaración jurada.

Art.9°: En la fecha y hora de vencimiento del plazo de inscripción, se labrará un acta donde constará la nómina de los aspirantes inscriptos para el cargo en concurso, la cual será refrendada por el funcionario de mayor jerarquía del IFDC que se encuentre presente. En el caso de las presentaciones por correo postal se tomará en cuenta la fecha consignada en el matasellos y se incorporarán en el acta mencionada.

RESOLUCIÓN RECTORAL N° 64/2011 IFDC - VM-

         Villa Mercedes, 05 de mayo de 2011.

Art.10°: Dentro de los TRES (3) días de vencido el plazo de inscripción, el Equipo Directivo dispondrá la exhibición en las carteleras murales del Instituto la nómina de aspirantes inscriptos.

Art.11°: El aspirante que se presente a más de un concurso deberá cumplir en cada uno de ellos con todos los requisitos establecidos en el reglamento de concurso, sin poder remitirse a escritos o documentos presentados en otros.

Art.12°: El concurso docente para cubrir un cargo de Profesor Responsable constará de las siguientes instancias:

1° instancia: Evaluación de antecedentes y propuesta de trabajo.

2° instancia: Clase de oposición y entrevista personal.

En el caso del concurso para Docente Auxiliar se exceptuará de la clase de oposición, salvo que los aspirantes obtengan el mismo puntaje en antecedentes y propuesta de trabajo práctico.

Art.13°: De la comisión evaluadora: Es designada por la Junta Directiva y estará constituida por Docentes del Área del llamado a cubrir cargos y/o Directivos y un docente externo. Sus funciones serán:

ü Evaluar los antecedentes de los aspirantes a cubrir los cargos vacantes.

ü Labrar las actas de actuación.

ü Declarar desierto los concursos, en caso de que los aspirantes no reúnan las condiciones necesarias.

Art.14°: Los miembros del jurado podrán ser recusados por los aspirantes con causa fundamentada, por escrito, dentro de los TRES (3) días siguientes al cierre de inscripción. El o la Rector/a dará traslado a lo recusado para que en el plazo de CINCO (5) días presente el descargo, con copia de la objeción efectuada.

Art.15°: El dictamen final del jurado deberá ser notificado a los aspirantes dentro de los TRES (3) días de concluido el proceso del concurso y publicados en cartelera institucional. Será impugnable por defectos de forma o de procedimiento así como por manifiesta arbitrariedad, dentro de los CINCO (5) días de su notificación. Este recurso deberá interponerse y fundarse por escrito ante el Equipo Directivo.

RESOLUCIÓN RECTORAL N° 64/2011 IFDC - VM-

         Villa Mercedes, 05 de mayo de 2011.

Art.13º: Dentro de los CINCO (5) días de vencido el plazo para impugnar el dictamen, y habiendo sido interpuesta una impugnación por parte de algún aspirante, el Equipo Directivo solicitará al jurado la ampliación o aclaración del dictamen. El jurado deberá expedirse dentro de los CINCO (5) días de tomar conocimiento de la solicitud. El Equipo Directivo, con el voto de los 2/3 dos tercios de sus miembros, resolverá al respecto en un plazo de CINCO (5) días, previa instancia de consulta al Consejo Asesor del Equipo Directivo.

Art.14º: La comunicación de los resultados se realizará vía e-mail o al teléfono que hayan declarado en su ficha de inscripción.

Art.15º: Las notificaciones fehacientes se harán por oficina, por lo que los aspirantes deberán pedir por teléfono a la Secretaría del Rectorado, información u observar el transparente para proceder a notificarse.

Art.16°: Comuníquese, Publíquese y Archívese.

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