la musica y los musicos en el anteproyecto de ley de servicios de comunicación audiovisual
El anteproyecto y lacultura
Partiendode la premisa que la música es una parte fundamental de la cultura nacional yque al tratarse de la producción audiovisual la materia del anteproyecto, dondela música se transforma en un componente casi imprescindible, cuando hablamos decultura estamos incluyendo a la música como un componente imprescindible en laproducción.
Ladeclaración de interés público en el Art. 2º permite una mayor posibilidad deque los servicios alcancen a los sectores más olvidados de la sociedad, perotambién es una buena oportunidad para transformar los medios de comunicación enuna verdadera herramienta de difusión y transmisión cultural. En el Art. 3º sepuede ver mucho mas claro estos objetivos, como la promoción del federalismo y
Si aestos objetivos le agregamos los mínimos de cuota pantalla, de señales propiaslocales y regionales, el fomento a partir de incentivos para la producciónpropia,
Losobjetivos de RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO de tener alcanceen todo el territorio nacional y difundir y promover las produccionesartí
Que lasemisoras universitarias se obliguen a la creación y experimentació
El anteproyecto y la fuente detrabajo de los músicos
Todos losbeneficios que otorga la mayor producción cultural y la dispersión territorialde esta producción, genera miles de puestos de trabajo para los músicos, ya queno hay producción audiovisual sin trabajo de los músicos, como para el resto delos trabajadores de la cultura, con una importante distribución regional. Muchosson los requisitos que lo fomentan:
ElObjetivo del Art 3º sobre el fortalecimiento de acciones que contribuyan aldesarrollo cultural y educativo de las localidades donde se insertan y eldesarrollo de una industria nacional de contenidos que preserve y difunda elpatrimonio cultural y la diversidad de todas las regiones y culturas queintegran
Laprohibición del Art. 54 de cubrir con esas programaciones más del TREINTA PORCIENTO (30%) de sus emisiones diarias ni ocupar con ellas los principaleshorarios de servicio ymantener elCIEN POR CIENTO (100%) de los derechos de contratación sobre la publicidademitida en ella desalienta a colgarse de programaciones centralizadas o cadenaslucrativas.
Losmínimos obligatorios en el radiodifusiónsonora de SETENTA POR CIENTO (70%) de producción nacional, el TREINTA POR CIENTO(30%) de la música emitida deberá ser de origen nacional, sea de autores ointerpretes nacionales, cualquiera sea el tipo de música de que se trate porcada media jornada de transmisión,el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de producción propia, el mínimo delCINCUENTA POR CIENTO(50%) de producción local y propia, el mínimo del VEINTE PORCIENTO (20%) del total de la programación para difusión de contenidoseducativo
Losmínimos obligatorios de la televisión abierta de SESENTA POR CIENTO (60%) deproducción nacional; TREINTA POR CIENTO (30%) de producción propia y emitir unmínimo del DIEZ POR CIENTO (10%) de producción local independiente.
La cuotapantalla del cine nacional.
Laobligación de que los avisos publicitarios sean de producción nacional.
Laampliación de los tiempos mínimos de transmisión amplía los porcentajes deproducción y además termina con la especulación empresarial de emitir sólo el”prime time” .
Que en elart. 136 el PODER EJECUTIVO NACIONAL se obligue a implementar políticas públicasestraté
El anteproyecto y el control decumplimiento de las normas laborales
Ypartiendo de la premisa que no hay trabajo digno si no es legal, el proyectoobliga a certificar el cumplimiento de las obligaciones previsionales y de
Podés verel proyecto y otros documentos aclaratorios en nuestra página:http://www.sadem.
SINDICATO ARGENTINO DE MUSICOS
__._,_.___
No hay comentarios:
Publicar un comentario